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COMPENDIO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL PERUANA VOLUMEN VII DEFENSA DE LOS DERECHOS AMBIENTALES

Los Bienes Públicos son aquellos que tienen las características de ser no exclusivos y no rivales en el consumo. La no exclusividad se refiere a que no se puede impedir a otros que consuman el bien por lo que puede realizarse de manera conjunta, mientras que la rivalidad está referida a que el consumo realizado por un individuo no afecta o disminuye las posibilidades de consumo de los demás. Uno de los bienes de este tipo es la calidad ambiental. En efecto tal como señala Field “si el aire de una ciudad se limpia para una persona, se limpia automáticamente para todos sus habitantes.”1 Sin embargo el efecto negativo es devastador. Tal como señala Hardin2, la teoría de la Tragedia de los Comunes en cuestiones ambientales viene dada por el erróneo razonamiento que tienen los “comunes” al maximizar sus beneficios individualmente, a través de la disminución de los costos de la prevención o tratamiento de la contaminación, frente a los costos sociales que dichas conductas conllevan y que a la larga puede llevar a la destrucción de todos. Más aún, la propia dispersión en la titularidad de los derechos deriva en la complejidad para lograr tomar medidas adecuadas para salvaguardar los intereses colectivos tales como la protección del ambiente. Por dicha razón, el presente volumen busca entregar al ciudadano común un marco de acción respecto de a sus derechos y obligaciones en materia ambiental, reconociendo su rol como actor primordial en la gestión ambiental de su localidad, región y a nivel nacional; a través de las herramientas que el Estado ha puesto a disposición de la colectividad con la finalidad de tener acceso a una justicia ambiental. En este marco toman especial relevancia la participación ciudadana y de las organizaciones públicas y privadas en la gestión ambiental, correspondiéndole al Estado fomentar la educación, conciencia, cultura ambiental y la participación ciudadana en las decisiones ambientales, así como el acceso a la información ambiental y a la justicia ambiental. La metodología participativa es un proceso de trabajo, sea este de organización, capacitación, investigación o evaluación, que involucra a los participantes como actores, autogestores y transformadores de su propia realidad. Esta metodología busca lograr que las personas participen y logren crear un proceso de intervención de cada uno de los factores que se pretende identificar, partiendo de la experiencia de los participantes. En ese sentido, se requiere el fortalecimiento de capacidades en gestión ambiental a través del involucramiento y toma de conciencia de la población y autoridades competentes en los temas de desarrollo y en la conservación del ambiente y los recursos naturales; lo que constituye un eje sobre el cual se debe seguir trabajando a fin de lograr un cambio de actitudes de la población, no solo para cuidar el ambiente sino tambien como agentes fiscalizadores de los compromisos y obligaciones ambientales no solo de las empresa sino también del propio Estado.
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